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Seguro de Caución (Aval)

COBERTIS os ofrece el seguro de Caución que estais obligados a presentar ante la Administración para el ejercicio de vuestra actividad (Art. 19 de la Ley 5/2014 de Seguridad Privada) con la entidad líder a nivel nacional y en unas condiciones preferentes por ser miembro de ACAES.

Ventajas del seguro de Caución frente al Aval Bancario :

  • Es más económico.
  • A diferencia del Aval, el seguro de Caución no inmoviliza recursos (dinero) que la empresa puede emplear para otros fines.
  • No se contabiliza como Pasivo en el Balance de la empresa.
  • No se contempla como Riesgo Financiero, no figura en el CIRBE y por tanto no comporta riesgo añadido cuando la empresa solicite financiación al Banco.
  • No tiene gastos de estudio ni comisión de apertura o cancelación.
  • Se paga sólo por el tiempo que se precisa.
  • No requiere la intervención de otros profesionales (notarios, Registro Mercantil, etc.) que suelen retrasar y encarecer la operación.

Descárgate el formulario en formato pdf

Una vez descargado y rellenado el formulario, se debe enviar por correo electrónico a la dirección seguretat@cobertis.com